El Ministerio de Hacienda acaba de anunciar la apertura de la nueva convocatoria del PERTE del Vehículo Eléctrico y Conectado (VEC), una de las iniciativas estrella para transformar la industria automotriz en España. El plazo de solicitudes se abrirá el próximo 14 de octubre a las 10:00 h y estará disponible hasta el 24 de octubre a las 14:00 h (hora peninsular).

La convocatoria está dirigida a sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia que desarrollen actividades recogidas en el Anexo I de la orden ministerial.

Quién puede pedirla

Las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, cuya actividad se encuentre entre alguna de las señaladas en el Anexo I.

ANEXO I

Plazos de solicitud

El plazo de presentación comenzará el día 14 de octubre de 2025 a las 10:00.00 y finalizará el día 24 de octubre de 2025 a las 14:00.00 (hora peninsular).

Plazos de ejecución

Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrá extenderse, o bien hasta 40 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión; o bien hasta 60 meses desde la misma fecha. Cada entidad solicitante deberá indicar explícitamente en su solicitud el plazo de realización de su plan de inversiones.

Líneas estratégicas de actuación

Línea 1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Línea 2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
Línea 3. Línea de ayudas regionales a la inversión.
Línea 4. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME.

Se incluirán los planes de inversión orientados a alguno de los siguientes aspectos relacionados con la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado (VEC), en particular:
1º. Equipos originales y ensamblaje (OEM) de vehículos eléctricos o vehículos eléctricos y conectados.
2º. Investigación industrial, desarrollo experimental e innovación (I+D+i) en baterías o pilas de combustible destinados a vehículos eléctricos y conectados.
3º. Otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado.
4º. Componentes hardware o software del vehículo inteligente.
5º. Componentes hardware o software necesarios para la conectividad del vehículo eléctrico.
6º. Sistemas de recarga de vehículo eléctrico.
7º. Actuaciones para una potencial segunda vida de baterías y otros componentes procedentes de vehículos eléctricos, así como soluciones para su reciclado y el aprovechamiento de sus materias primas.

En qué consiste la ayuda

Se aplican los siguientes límites e intensidades máximas de ayuda a los proyectos:

  1. a) Para cada proyecto y entidad beneficiaria, la financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable, salvo para la línea de ayudas regionales a la inversión que será del 75%.
  2. b) Según el tipo de proyecto y el tamaño de la entidad, se exigirá que parte de la financiación a conceder sea en forma de préstamo.

Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:

  • Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 35.000.000 € por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 25.000.000 € por empresa y proyecto
  • Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 12.500.000 € por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos de protección del medio ambiente, 30.000.000 € por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos de eficiencia energética, 30.000.000 euros por empresa y proyecto. – Para los proyectos de inversión en favor de las PYME, 8.250.000 € por empresa y proyecto

Qué gastos o acciones me cubre

Línea 1: Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
a) Costes de personal.
b) Costes de instrumental y material.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
d) Gastos generales: son aquellos que forman parte de los gastos del proyecto en I+D+i, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa por no poder individualizarse como, por ejemplo, el consumo eléctrico o de teléfono.

Línea 2: Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
a) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto.
b) Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
c) Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
d) Colaboraciones externas: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones dedicadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética.

Línea 3: Línea de ayudas regionales a la inversión.
a) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto.
b) Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la construcción y/o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
c) Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «knowhow» o conocimientos técnicos no patentados. Para ser financiables, los activos inmateriales deberán cumplir con las siguientes condiciones:
• Se utilizarán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda;
• Se considerarán activos amortizables;
• Se adquirirán en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador;
• Estarán incluidos en los activos de la empresa durante al menos tres años en el caso de PYME y de 5 años para grandes empresas.

Línea 4: Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME.

Presupuesto mínimo

Importe del préstamo

Intensidad de la subvención

Una oportunidad estratégica

El PERTE VEC se posiciona como una palanca clave para consolidar la transición hacia la movilidad sostenible en España y reforzar la cadena de valor industrial en torno al vehículo eléctrico y conectado.

Las empresas interesadas deberán presentar sus proyectos dentro de las fechas señaladas, y podrán obtener información adicional y soporte a través de:

📩 Elena Arroyo – operaciones@mcautomocion.es

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