La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha publicado la Orden de 25 de mayo de 2023, en la cual se recogen las ayudas destinadas al desarrollo de acciones de reskilling y upskilling de la población activa, es decir, al reciclaje profesional y a la formación de un profesional en nuevas habilidades y competencias.
Estas subvenciones están vinculadas prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y a la mejora de las capacidades para la transición ecológica, destinada a empresas, agrupaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para los años 2022 y 2023, financiada con Fondos Europeos dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
👩🏻🎓 ¿En qué consiste la formación?
Las características que tendrá este tipo de formación subvencionable son:
- Las formaciones deben estar incluidas y relacionadas con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. (La referencia tiene que ser suficiente, no idéntica)
- La duración de la formación puede ser de: 30, 40, 50 o 60 horas.
- La modalidad puede ser presencial, mixta o tele formación.
- Cada alumno podrá participar en un máximo de dos acciones formativas.
- Los requisitos para obtener la subvención es que los alumnos superen y completen al menos el 80% de la formación.
- Cuantías por Módulos: 245 € para cursos de 30 horas y 549 € para cursos de 60 horas. Duraciones intermedias, se aplicará el cálculo proporcional.
👨🏻💼 ¿Quién lo puede solicitar?
Se establecen una serie sectores estratégicos entre los que menciona a Comercio, Automoción, Vehículos basados en energía y equipos nuevos, Máquinas Herramientas Automatizadas y Robótica, Equipo de transporte ferroviario moderno, Actividades basadas en la transición energética y la sostenibilidad; entre otros.
- Las empresas podrán presentar proyectos para sus trabajadores vinculados mediante relación laboral.
- También se pueden presentar proyectos de agrupaciones de empresas, entidades sectoriales que representen o agrupen empresas:
- La inscripción debe ser mínimo de 20 trabajadores de las distintas empresas)
- También pueden participar desempleados inscritos en la Oficina de Empleo de Madrid.
- Podrán subcontratar hasta el 100% de la subvención y en caso de querer impartir con medios propios, solicitar autorización previa y disponer de
instalaciones y recursos humanos suficientes. La subcontratación estará sujeta a la Ley General de Subvenciones. - El límite establecido en función de la plantilla de trabajadores:
- Entre 1 y 30 trabajadores: 10.000€
- Entre 31 y 100 trabajadores: 30.000€
- Entre 101 y 250 trabajadores: 60.000€
- Entre 251 y 500 trabajadores: 150.000€
- Con más de 500 trabajadores: 300.000€
📅 ¿Cuáles son los plazos?
- La convocatoria finalizará el próximo 14 de julio de 2023.
- La ejecución será hasta el 31 diciembre del 2023.
- La justificación de las ayudas: tendrá un plazo de 2 meses.