El plazo de solicitud comienza el 5 de diciembre de 2022 y finaliza el 26 de enero de 2023
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha publicado la Orden CNU/250/2019, de 4 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.
Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación, en concreto, dentro del Programa Estatal para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia; y dentro del Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento.
🎯 Los objetivos de estas ayudas son:
- Incrementar la cultura científica, tecnológica e innovadora de la sociedad española.
- Incrementar la difusión de los resultados de la investigación científico-técnica y de la innovación financiados con fondos públicos.
- Mejorar la educación científico-técnica de la sociedad en todos los niveles.
- Impulsar la participación activa de la sociedad en actividades de divulgación científica.
- Colaborar en la profesionalización de la divulgación científica y apoyar el establecimiento de sinergias y aprovechamiento de recursos de los agentes del sistema de divulgación de la I+D+i.
🏭Los beneficiarios son:
- Organismos públicos de investigación
- Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con actividad en I+D+i
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud,
- Institutos de investigación sanitaria
- Centros tecnológicos de ámbito estatal
- Centros públicos de I+D
- Centros privados de I+D
- Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i
🕠 El plazo de solicitud es desde el 5 de diciembre hasta el 26 de enero de 2023 a las 13:00h.
💡 Actuaciones subvencionables:
a) Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología. Deberán cumplir uno de los siguientes objetivos:
- Aumentar el conocimiento y la comprensión de la ciencia y la tecnología en la sociedad española
- Estimular la participación ciudadana en la ciencia y la tecnología
- Promover cambios en las actitudes o comportamientos en cuestiones relacionadas con ciencia y tecnología
- Generar conocimiento científico sobre la comunicación social de la ciencia
- Combatir la desinformación en el ámbito de la ciencia y la tecnología
Según la duración, podrán ser Proyectos con periodo de ejecución de hasta 12 meses o Proyectos con periodo de ejecución de entre 12 y 24 meses.
b) Programa anual de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I), intermediarias entre los colectivos investigador e innovador, y los medios de comunicación, así como entre los primeros y la sociedad.
c) Ferias de la ciencia. Organización de eventos en los que los protagonistas son el alumnado no universitario que, con la ayuda del profesorado o del personal investigador, presenta al público general, incluido el resto de estudiantes, los resultados de un proyecto científico de naturaleza experimental tutorizado por sus docentes
d) Proyectos Singulares.
- Ciencia Ciudadana. Actividades que involucren a la ciudadanía en los procesos de investigación científica. Se deberán presentar propuestas en coordinación con al menos una universidad o un organismo público de investigación, además de al menos uno de los tres actores enumerados a continuación: sociedad civil organizada, tejido productivo o empresarial e instituciones públicas.
- Cultura de la Innovación. Actividades que mejoren la percepción de la innovación como instrumento clave para el incremento de la competitividad industrial, el bienestar social y la ampliación de la base empresarial del país. Se deberán presentar propuestas en colaboración de un mínimo de 3 entidades o agentes pertenecientes a diferentes ejes de lo que se conoce como cuádruple hélice: administración pública, empresas, sociedad civil y sector del conocimiento.
- Arte, Ciencia y Tecnología. Proyectos que respondan a los retos que nos plantea el siglo XXI. Se deberán presentar propuestas en colaboración de un mínimo de dos entidades nacionales, entre las que se incluyan: un agente del ámbito de la creación y producción artística actual (artistas, museos, fundaciones, etc.) y otro proveniente de la investigación científica (centros de investigación, universidades, etc.).
💰 Gastos subvencionables:
- Costes de personal: el coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda. No se financiarán los costes de personal propio vinculado contractualmente a la entidad beneficiaria
- Costes de movilidad: viaje, locomoción, alojamiento y manutención.
- Adquisición de material fungible, suministros y productos similares
- Los costes de consultoría, asesoramiento de la realización de estudios, preparación de actuaciones formativas, evaluación, difusión, publicidad, y servicios equivalentes,
- Los costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos, seminarios y reuniones.
- Los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas.
- Podrán ser financiados los gastos derivados de la garantía bancaria
- El coste derivado del informe de auditoría
- Otros costes de carácter menor o auxiliar no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación.
Para que sea subvencionable el gasto debe llevarse a cabo dentro del periodo de ejecución y ser pagado antes del vencimiento del plazo para la presentación de la justificación de la ayuda.
💰 El importe global máximo es de 4.500.000 euros, que se distribuye de la siguiente manera:
a) Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología = 2.200.000 €
b) Programa anual de actividades UCC+I = 1.000.000 €
c) Ferias de la ciencia = 400.000 €
d) Proyectos singulares = 900.000 €
- Ciencia ciudadana = 400.000 €
- Cultura de la innovación = 250.000 €
- Arte, ciencia y tecnología = 250.000 €
Las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria podrán financiar hasta una cuantía máxima del 60% del presupuesto total del proyecto presentado en la solicitud con un límite máximo de 150.000 euros por solicitud.
Tanto en el momento de la aceptación de la ayuda como con posterioridad a la misma, el beneficiario podrá solicitar un anticipo de entrega de fondos por importe del 60% de la ayuda concedida, que se abonará una vez iniciado el período de ejecución de su proyecto. En el caso de que se solicite este anticipo, el beneficiario queda obligado a constituir garantía por el importe del pago anticipado.
🗓 Plazo de ejecución de las actuaciones: La actividad debe ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2025 e iniciarse a lo largo del año 2023.
🏛 Órgano competente: Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
👉🏼 Tramitación online y formulario de solicitud aquí.
📝Documentación a presentar: formulario de solicitud, memoria técnica, escritura notarial del poder del representante legal con competencia para la aceptación de ayudas, documento de nombramiento del representante legal y copia de la tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF) del beneficiario.
📅 El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses contados desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado; si bien puede ampliarse otros seis meses.
Fuentes: