La Consejería de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid ha publicado la Orden 89/202

3, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NEXTGENEU (conocido como Plan UNICO – Industria). 

🕗 Plazo de solicitud: Apertura el 01/04/2023 y cierre el 16/05/2023.

📡 Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. Es decir, los operadores de comunicaciones electrónicas que estén inscritos en el Registro de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 

🔌 Líneas de subvención 

Línea de actuación 1: se subvencionarán proyectos que proporcionen conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps a polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma.

Línea de actuación 2: se subvencionarán proyectos para instalar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en los distintos centros, unidades, instalaciones y dependencias de polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma, así como a sus zonas industriales adyacentes.

💰 Cuantía e intensidad

La intensidad máxima de la ayuda será del 80% del coste de todos los conceptos subvencionables.

La cuantía máxima de ayuda por proyecto es de 50.000 euros por zona blanca o gris sobre la que se actúe. 

💰 Gastos subvencionables: 

  • Infraestructuras y obra civil.
  • Equipamiento y otros materiales.
  • Gastos de personal propio.
  • Otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como la realización del correspondiente informe técnico

Fuentes: 

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