📅 Plazo de solicitud: desde el 21 de agosto hasta el 23 de octubre de 2023

 

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado el Real Decreto 661/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas en 2023 para el desarrollo de proyectos innovadores relacionados con modelos, sistemas y componentes de vehículos híbridos y vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno para avanzar en el proceso de descarbonización y mantener la competitividad del ecosistema de automoción. Es lo que se conoce como la Línea B) de Componentes del PERTE VEC II.

📅 Plazo de solicitud: Desde el 21/08/2023 hasta el 23/10/2023

💰 Presupuesto total de la convocatoria: 40.000.000€.

  • Para los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, innovación en materia de organización o de procesos a un máximo de 6M€ por proyecto y 15M€ por empresa.
  • Para los proyectos de inversión ejecutados por PYMES, a un máximo de 2 M€ por proyecto y 4M€ por empresa.

🏭 Beneficiarios: las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro mercantil.

 

🔌🚗 Tipos de proyectos  

Recogidos en el Anexo I:

a) Actuaciones de producción de vehículo híbrido y vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno a escala industrial, piloto o experimental encuadradas en la sección C – División 29 y 30 del CNAE.

b) Actuaciones industriales complementarias a la producción industrial del vehículo híbrido o vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno, incluidas en las CNAE, 27.1, 27.2, 27.3 y 27.9.

c) Otras actuaciones industriales de producción vinculadas al vehículo híbrido o vehículo eléctrico de baterías y de pila de combustible de hidrógeno, incluidas en las CNAE 26.1, 26.2, 26.3 y 26.5.

d) Otras actuaciones de servicios a la industria, relativas a actividades de servicios proporcionados directamente a la industria del vehículo híbrido o vehículo eléctrico de baterías y de pila de combustible de hidrógeno, incluidas en las CNAE 52.21, 71.12 y 74.10, así como en la 71.20, con excepción de (i) la explotación de laboratorios policiales, (ii) el análisis arqueobotánico, (iii) la inspección de tuberías petrolíferas, (iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, (v) la inspección técnica de vehículos, (vi) las pruebas de composición y pureza de los minerales o (vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua.

e) Actuaciones de programación y otras actividades relacionadas con la informática, vinculadas al vehículo híbrido o vehículo eléctrico de baterías y de pila de combustible de hidrógeno, incluidas en las CNAE 62.01, 62.02, 62.03 y 62.09.

Asimismo, los recogidos en el Artículo 6:

  1. Proyectos de investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o encaminados a lograr una mejora significativa de los productos, procesos o servicios existentes.
  2. Proyectos de desarrollo experimental:la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicos, tecnológicos, empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector.
  3. Proyectos de innovación en materia de organización: la aplicación de un nuevo método organizativo a nivel de la empresa, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores, por ejemplo, mediante el uso de tecnologías digitales novedosas o innovadoras.
  4. Proyectos de innovación en materia de procesos: la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos, a nivel de la empresa  por ejemplo, mediante la utilización de tecnologías o soluciones digitales novedosas o innovadoras.
  5. Proyectos de inversión ejecutados por PYMES: una inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un nuevo establecimiento; la ampliación de un establecimiento existente; la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o no se prestaban en él; o una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento, siempre relacionados con el desarrollo de modelos, sistemas y componentes del vehículo híbrido o vehículo eléctrico de pila de combustible de hidrógeno.

 

💰 Gastos financiables y límites de la ayuda: 

a) Costes de personal. El máximo coste horario medio de proyecto financiable será de 45€.

b) Costes de instrumental y material, que no podrán superar el 60 % del presupuesto financiable del proyecto. Se limita el coste del material fungible al 10 % del presupuesto financiable del proyecto.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes. 

d) Gastos generales. Para su cálculo se aplicará un porcentaje del 15% sobre los costes de personal válidamente justificados.

Para los proyectos de inversión ejecutados por PYMES:

  1. Obra civil
  2. Edificación e instalaciones
  3. Aparatos y equipos de producción
  4. Activos inmateriales
  5. Gastos asociados al empleo creado

 

📅 Plazo de realización de las actuaciones

Las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta como máximo treinta y seis meses desde la fecha de la resolución de concesión.

Constitución de garantía por el 80% de la ayuda propuesta, que será siempre en forma de subvención.

Procedimiento: concesión directa.

Fuente: Real Decreto 661/2023 BOE

💡 Recuerda que puedes encontrar todas las ayudas de tu interés en el Buscador de ayudas y subvenciones de AECIM.

Si necesitas ampliar información o tienes alguna duda, ponte en contacto con Elena Arroyo, enviando un correo a operaciones@mcautomocion.es o llamando al 91 561 03 30.

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