Se priorizará la asignación de ayudas a proyectos de la industria de la automoción relacionados con el PERTE VEC
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital de un sector económico.
🎯 El objetivo principal es contribuir a la financiación de proyectos de I+D en 5G avanzado liderados por empresas españolas en todos los sectores económicos y, en particular a la aplicación de esta tecnología en un sector que desempeña un papel estratégico en la economía española y con gran efecto tractor por su peso en el PIB nacional como es el sector de la automoción.
🕗 El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará desde el día 13 de febrero de 2023 y finalizará el día 3 de marzo de 2023 a las 13 horas.
🏭 Beneficiarios:
- Empresas
- Organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
Las ayudas contribuirán a los sectores económicos siguientes, enmarcados dentro del «Programa Único Sectorial 5G 2022»:
- Vehículo conectado.
- Salud y servicios sociales.
- Turismo.
- Servicios portuarios y aeroportuarios.
- Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
- Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
- Medio ambiente y calidad del aire.
- Comercio.
- Almacenamiento y logística.
- Educación.
- Energía.
- Gestión de emergencias.
- Industria extractiva y manufacturera.
- Seguridad.
- Hostelería.
- Información y comunicaciones.
- Actividades financieras y de seguros.
- Actividades inmobiliarias.
- Defensa y seguridad.
- Movilidad y transporte.
- Construcción.
- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
- Industria Naval.
- Otros servicios.
💡 Actuaciones subvencionables:
El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados. Los prototipos, resultado de los proyectos objeto de las ayudas, no podrán utilizarse comercialmente, salvo que necesariamente constituyan el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.
El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
Los proyectos de demostración tecnológica deben contemplar actividades de desarrollo y mejora funcional. No se considerarán proyectos meramente integradores de tecnologías de terceros.
>> La actuación puede ser desarrollada de forma individual o en cooperación.
📅 La duración de los proyectos podrá extenderse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2025.
💰 Financiación e intensidad máxima de ayuda.
- Las ayudas tendrán forma de subvención, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
- La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 60 millones de euros provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- El límite máximo aplicable a la cuantía de las ayudas será de 15 millones de euros por beneficiario y por proyecto.
- Debido al peso que supone la industria de la automoción en nuestro país, en caso de recibirse proyectos alineados al Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para el desarrollo del vehículo eléctrico y conectado (PERTE VEC), se priorizará su asignación hasta un importe de 14 millones de euros.
- Las intensidades brutas máximas de ayuda son las siguientes:
✔ Los criterios de valoración para la concesión de la subvención son los siguientes:
💰 Conceptos susceptibles de ayuda son:
- Costes de personal dedicado al proyecto: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
Fuentes: