La maquinaria adquirida debe implicar mayores niveles de seguridad, ya que las ayudas están destinadas a la reducción de la siniestralidad laboral y se enmarcan en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado el Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan para 2022 las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

A continuación se presentan las características de esta subvención: 

🕠Plazo: desde el 30 de agosto hasta el día 21 de noviembre de 2022 pueden presentarse las solicitudes a la Ayuda.

👩🏼🏭Beneficiarios: las personas físicas o jurídicas que tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid.

⚙ Acciones e inversiones subvencionables:

  • Línea 1. Adquisición de maquinaria nueva en sustitución de antigua, que si bien cumple la legislación vigente presenta menores niveles y prestaciones de seguridad que la adquirida y el achatarramiento de la maquinaria sustituida, excepto las máquinas que se incluyan en las líneas 3,4 y 5 siguientes.
  • Línea 2. Adaptación de equipos de trabajo en base a los requisitos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • Línea 4. Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada.
  • Línea 5. Adquisición de equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
  • Línea 6. Diseño, instalación y verificación de equipos de protección colectiva o líneas de vida fijas en cubierta.

💰Cuantía: En esta convocatoria se financian 5 de las 9 líneas que aparecen en las bases reguladoras por un importe total de 800.000 euros, que se desglosa de la siguiente manera:

  • a) Línea 1: 200.000 euros.
  • b) Línea 2: 60.000 euros.
  • c) Línea 4: 120.000 euros.
  • d) Línea 5: 260.000 euros.
  • e) Línea 6: 160.000 euros.

% Intensidad de las subvenciones: Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones en base a porcentajes según los rangos de gastos siguientes:

  • a) Gasto subvencionable menor o igual a 1.000 euros: Aplicable únicamente a la línea 2. Se subvencionará el 100% de los gastos acreditados.
  • b) Gasto subvencionable desde 1.001 hasta 5.000 euros: Aplicable a todas las líneas. Se subvencionará el 75% de los gastos acreditados.
  • c) Gasto subvencionable superior a 5.000 euros: Aplicable a todas las líneas. Se subvencionará el 40% de los gastos acreditados, con un máximo de 12.000 euros por línea.

Fuentes:

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